Bufete de abogados en Mores

La principal consecuencia del divorcio es la disolución del vínculo matrimonial. El matrimonio ha existido a partir de su celebración hasta el momento en que la sentencia es entregada, momento en el que el lazo entre los cónyuges desaparece y, en consecuencia, queda cambiado el estado civil de los antiguos cónyuges, que ahora son personas divorciadas y que, por conclusión, pueden contraer matrimonio cuando lo deseen.

Después del divorcio queda terminado el lazo económico del vínculo matrimonial. La sentencia de divorcio sólo afectará a terceras partes de buena fe (que han podido o podrían contratar con los cónyuges), a partir de la fecha de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, puesto que a partir de ese momento puede ser conocida por cualquiera. (Por ejemplo: uno de los cónyuges contrata el servicio de unos profesionales con el fin de realizar obras en la casa cuando ya existe sentencia pero todavia no se ha inscrito en el Registro Civil. El trabajador podrá actuar tal como si se encontraran casados, responderán del importe ambos cónyuges). No obstante, el efecto para los cónyuges es inmediato desde que se dicte la sentencia. Encontramos algunos otros efectos derivados de esta ruptura del vínculo matrimonial, tales como la pérdida de los derechos hereditarios entre los cónyuges.

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El abogado penalista se especializa en la acusación o defensa en lo penal. De la experiencia del despacho de profesionales que intervendrá en el caso dependerán los resultados del mismo. Por eso le recomendamos asesorarse con el mejor abogado para ayudarle en su situación.

El abogado especialista en derecho penal podrá asesorarlo para resguardar sus derechos ante faltas de diferentes tipos: lesiones, agresiones, homicidios, actos imprudentes que generan un daño, estafas, robos, hurtos, crimenes contra la libertad sexual, contra el honor (calumnias e injurias), etc. Frente a alguno de estos casos, Usted requiere contar desde un principio con la asesoría de un equipo de abogados que tenga expertos en derecho penal.

La única obligación que tiene el cliente es el pago completo de los costos de abogado y procurador a la hora de la entrega del convenio regulador al procurador para su presentación en el juzgado.

El pago se realizará en persona al procurador (en efectivo o talón). Una vez obtenida la sentencia, una copia testimoniada (equivalente al original) se enviará a cada cónyuge o bien podrá retirarse personalmente en la oficina del procurador.

En un procedimiento de mutuo acuerdo no hay cobros asociados a la tramitación. Sin embargo, si se produjeran, serían minutados en concepto de suplidos. Ello no abarca cobros de despacho que son gratuitos, sino exclusivamente probables desplazamientos del abogado o asesoría de asociados. Los costos son globales e incluyen los honorarios de abogado, los derechos del procurador y los impuestos aplicables en cada uno de los casos. Si alguna de las partes, una vez firmada la propuesta de acuerdo regulador no se ratificara en este a presencia judicial, lo hará bajo su exclusiva responsabilidad y por tanto ni el abogado actuante ni el procurador se encuentran forzados a retornar dinero si como resultado de esta falta de ratificación se deriva a archivar el caso.

En caso de que tras escribir el primer o sucesivos borradores de convenio regulador, el cliente decidiera desistir del procedimiento, por alguna causa no imputable a nosotros, deberá pagar 120 euros en virtud de los servicios otorgados hasta ese momento.

La sentencia se obtiene entre uno y dos meses luego de la presentación de la demanda, sin que este portal ni el profesional tengan la posibilidad de hacerse responsables de la demora de la sentencia.

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Nuestros servicios

  • Delitos, en general.
  • Lesiones .
  • Omisión del deber de socorro.
  • Conducción temeraria.
  • Reclamaciones por accidentes de tráfico.
  • Contra la persona asesinato, homicidio, auxilio e inducción al suicidio, daños y lesiones.
  • Patentes y marcas.
  • Delitos administrativos.
  • Tráfico de influencias.
  • Fraudes.
  • Delitos urbanísticos.
  • Detención ilegal.
  • Coacciones.
  • Daño a la integridad moral.
  • Delitos contra la libertad sexual.
  • Acoso.
  • Abuso sexual.
  • Agresiones sexuales.
  • Impago de pensiones.
  • Acusación y denuncias falsas.
  • Simulación de delitos.
  • Deslealtad profesional.
  • Delitos de violencia doméstica.
  • Violencia de género.
  • Delitos contra la Constitución.
  • Delitos contra la seguridad social y el derecho de los trabajadores.
  • Delitos contra la hacienda pública.
  • Delitos contra los extranjeros.
  • Contra el patrimonio histórico.
  • Delitos contra el medio ambiente, incendios.
  • Tráfico de estupefacientes.
  • Acusación penal denuncias y querellas.
  • Juicios rápidos.
  • Asistencia al detenido en los juzgados y ante la policía.
  • Defensa en juicios penales, en juicios de menores.
  • Acusación popular ante los Tribunales y Juzgados.
  • Tribunal supremo.
  • Juzgados de instrucción.
  • Audiencias Provinciales.

Ya lo sabe, estamos esperando resolver sus dudas.


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