Bufete de abogados en Moclin

La más relevante consecuencia del divorcio es la disolución del vínculo matrimonial. El matrimonio existe a partir de su celebración hasta el momento en que la sentencia es entregada, momento en el que el vínculo entre los cónyuges desaparece y, en consecuencia, queda cambiado el estado civil de los cónyuges, que ahora son personas divorciadas y que, por ende, podrán contraer matrimonio libremente.

Después del divorcio se disuelve el régimen económico del matrimonio. La sentencia de divorcio sólo afectará a terceros de buena fe (que han podido o pueden contratar con los cónyuges), a partir de la fecha de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, dado que a partir de ese momento puede ser conocida por cualquiera. (Por ejemplo: uno de los cónyuges contrata profesionales para hacer arreglos en la casa o departamento cuando ya hay sentencia de divorcio pero todavia no se ha inscrito en el Registro Civil. El empresario podrá actuar tal como si se encontraran casados, responderán del valor ambos cónyuges). Sin embargo, el efecto para los cónyuges es inmediato a partir que se dicta la sentencia. Encontramos algunos otros efectos a partir de de esta ruptura del matrimonio, tales como la pérdida de los derechos sucesorios entre los cónyuges.

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sabemos que en los asuntos que tratamos no sólo están en juego asuntos económicos, sino que además están en riesgo bienes y derechos considerablemente importantes como son la libertad de las personas o el posicionamiento de una empresa en el mercado, no olvidando que el procedimiento penal lleva aparejado con frecuencia un significativo coste reputacional para aquel que lo sufre, un gran daño para las víctimas del crimen y la incertidumbre que produce la dilatación durante años de los procesos.

Por ello dispensamos a cada cliente el trato personalizado que requieren, preocupandonos especialmente de los tiempos y requerimientos de cada cliente.
La única obligación que asume el cliente es el pago completo de las tarifas de abogado y procurador al entregar el convenio regulador al procurador para su exposición en el juzgado.

El pago se hará presencialmente al procurador (en efectivo o talón). Una vez conseguida la sentencia, una copia testimoniada (semejante al original) se enviará por correo a cada cónyuge o bien podrá recogerse directamente en la oficina del procurador.

En un proceso de mutuo acuerdo no hay costos asociados el proceso. No obstante, si se produjeran, serían minutados en concepto de suplidos. Esto no abarca gastos de despacho que son, en todo caso, gratuitos, sino que exclusivamente probables desplazamientos del profesional o asistencia de colaboradores. Los costos son globales e incluyen las tarifas de abogado, los derechos del procurador y los impuestos con relación a cada caso. Si alguno de los cónyuges, una vez firmado el acuerdo regulador no corroborara en el mismo a presencia judicial, lo hará bajo su exclusiva responsabilidad y por ende ni el letrado actuante ni el procurador están forzados a retornar cantidad alguna si como resultado de esta falta de ratificación se deriva a archivar el caso.

En caso de que luego de escribir el primer o sucesivos borradores de convenio regulador, el cliente quisiera desistir del procedimiento, por alguna causa no imputable a nosotros, tendrá que abonar 100 euros en virtud de los servicios otorgados hasta ese momento.

La sentencia se obtiene entre uno y dos meses posteriores a la presentación de la demanda, sin que esta página ni el profesional puedan hacerse responsables del tiempo que tome el recibimiento de la sentencia.

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Nuestros servicios

  • Delitos, de todo tipo.
  • Delitos por lesiones.
  • Alcoholemias.
  • Conducción temeraria.
  • Reclamaciones por accidentes de tráfico.
  • De tipo económico, tales como apropiación indebida, Falsificaciónes.
  • Contra la propiedad intelectual e industrial.
  • Delitos administrativos.
  • Tráfico de influencias.
  • Fraudes.
  • Delitos ecológicos.
  • Detención ilegal.
  • Coacciones.
  • Tortura.
  • Delitos contra la libertad sexual.
  • Violación.
  • Exhibicionismo.
  • Agresiones sexuales.
  • Impago de pensiones.
  • Acusación y denuncias falsas.
  • Simulación de delitos.
  • Deslealtad profesional.
  • Quebrantamiento de condena.
  • Malos tratos en el ámbito familiar.
  • Delitos contra las instituciones de Estado.
  • Delitos contra la seguridad social y el derecho de los trabajadores.
  • Delitos contra la hacienda pública.
  • Delitos contra los extranjeros.
  • Contra el honor calumnias e injurias.
  • Robos, hurtos, daños.
  • Tráfico de estupefacientes.
  • Acusación penal denuncias y querellas.
  • Juicios rápidos.
  • Asistencia en declaración.
  • Defensa en juicios penales, en juicios con jurado.
  • Acusación particular.
  • Tribunal supremo.
  • Juzgados de lo Penal.
  • Audiencia nacional.


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